lunes, 23 de junio de 2014

Arraigo Laboral


Lo pueden solicitar una persona extranjera que se encuentra dentro de España sin papeles y que reúne las siguientes circunstancias;

1) Residir de forma continuada en España desde hace, como mínimo, 2 años. (Se puede acreditar con el empadronamiento en la localidad donde viva, por eso es imprescindible darse de alta en el padrón en el momento que se pise territorio Español).

2) Carecer de antecedentes penales y en su país de origen.

3) No tener prohibida la entrada en España y no figurar como rechazable en el espacio territorial de los Estados miembros del espacio Schengen.

4) Poder acreditar documentalmente que, durante al menos un año, ha mantenido una relación laboral en España con un empleador que ha omitido cualquier tipo de rigurosidad legal (que no le ha dado de alta en la seguridad social y que no le ha hecho contrato), aprovechándose de su situación de irregularidad (sin papeles), haciéndole trabajar, en condiciones inferiores a las fijadas por la Ley.
Esto se puede acreditar por sentencia judicial o acta de la inspección laboral.

No hace falta contar con una oferta de trabajo para solicitar este arraigo laboral, será suficiente con la resolución, que concederá una autorización de residencia y trabajo, sin que sea necesario para eso presentar contrato de trabajo ni documento alguno de ningún empleador.


Fátima Nouichi

domingo, 2 de febrero de 2014

Arraigo Social sin contrato de trabajo

Cada vez es mas difícil encontrar a alguien que contrate a una persona que se encuentra en situación irregular en el territorio Español, el Reglamento de Extranjería permite solicitar el permiso de residencia sin tener contrato laboral, a través del Arraigo Social por circunstancias excepcionales. Acreditado medios de vida, que serán diferentes a los del trabajo por cuenta ajena, (en los cuales la empresa y el empleador están físicos en España), en esta excepción se podrá presentar como prueba, el ejercicio de actividad por cuenta propia. Por lo cual, el reglamento de extranjería prevé la posibilidad de presentación de un plan de empresa (que podrá ser un negocio por internet), por cuenta propia. Lo más importante, la demostración y la preparación del proyecto y la acreditación de la viabilidad y tenencia necesaria del dinero para afrontar la inversión, es decir poder demostrar solvencia económica del mismo. Eso si también tienen que cumplirse también los requisitos exigidos para un arraigo: residencia continuada de 3 años en el territorio español, carecer de antecedentes penales,etc... Para cualquier consulta podéis dejar un comentario dejando vuestros datos personales y nos pondremos en contacto con ustedes lo antes posible. 


Fátima Nouichi