EL COLECTIVO HOMOSEXUAL PERSEGUIDO EN SU PAÍS ES AMPARADO POR EL ASILO EN EUROPA SEGÚN EL TRIBUNA DE JUSTICIA EUROPEO.
El Tribunal de Justicia de la Unión Europa, ha dado un paso a delante en cuanto
al amparo de los homosexuales, y es que el pasado jueves ha fallado que los
extracomunitarios tienen derecho al estatuto de refugiado en el territorio de
la Unión Europea, en caso de que en el país de origen, se persiga al colectivo
con penas de prisión por su orientación sexual. A través de la Sentencia C-199/12,
C-200/12 y C-201/12 (X, Y, Z / Minister voor Immigratie en Asiel).
Concretamente son partes en la sentencia ciudadanos de Sierra Leona,
Uganda y Senegal, que solicitaron asilo a Holanda, ya que en sus país es delito
la homosexualidad con sanciones que incluso pueden llegar a la pena de
muerte. El Tribunal de Justicia europea,
indica que a estos colectivos se les persigue por su orientación sexual, un
hecho que hace que se les consideren diferente respecto a la sociedad en la que
se encuentran y por lo tanto cumplen con los requisitos de la Directiva
2004/83/CE del Consejo, de 29 de abril de 2004, por el que se determinan las
normas mínimas relativas a los requisitos para que se reconozca el estatuto de apátridas
o refugiados en caso de persecución, siempre y cuando esta alcance cierta gravedad.
Fátima Nouichi.
No hay comentarios:
Publicar un comentario